
La magistrada considera que esa práctica no es delito, si no existe ánimo de lucro (coño, esto me suena... ¿cuántas veces lo hemos repetido?) y está amparada por el derecho de copia privada.
La sentencia mantiene que considerar delito este tipo de descargas no lucrativas "implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y muy extendidos en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino la copia privada".
A ver si los telediarios le dan a la noticia el mismo bombo que en su momento le dieron a ésta.
Noticia en 20Minutos.es
Editado (04/11/2006):
Promusicae infravalora la sentencia que avala la legalidad de las descargas sin ánimo de lucro
Por lo visto esta gente están por encima de los jueces. Aquí no hay más ley que la suya y lo demás son milongas, ¿no?
No hay peor ciego que el que no quiere ver.
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